La LO 8/2021, de 4 de junio, de Protección a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia establece en su artículo 35 la figura del “Coordinador/a de Bienestar y Protección” en el ámbito educativo.


A partir del curso 22-23, todos los centros educativos donde cursen estudios personas menores de edad, independientemente de su titularidad, deberán tener un Coordinador o Coordinadora de Bienestar y Protección del alumnado, que actuará bajo la supervisión de la persona que ostente la dirección o titularidad del centro.


Desde la Plataforma Por La Educación Pública de Tetuán manifestamos nuestro apoyo a la petición de la Asociación Madrileña del Profesorado Técnico de Servicios a la Comunidad (AMPTSCs) en la que se plantea que dichas funciones sean asumidas por el Profesorado Técnico de Servicios a la Comunidad (PTSC) como ha sido recomendado por el Pleno del Consejo Escolar de Madrid el pasado 11 de abril de 2022. Una petición reclamada también por la Confederación Autonómica de Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado (CONFAPA) el 31 de mayo de 2022 a través de un escrito dirigido a la Consejería de Educación de Madrid.


Somos firmes defensores de que los centros educativos tengan profesionales preparados de referencia en la protección a la infancia y adolescencia. Por ello, manifestamos nuestro rechazo a que para este nuevo perfil sea designado en los centros educativos a algún docente del centro educativo elegido por el Equipo Directivo, según se deduce de las Instrucciones de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa sobre el comienzo del curso escolar 2022-2022 en los Centros Docentes No Universitarios, publicadas el pasado 14 de julio de 2022.


Manifestamos nuestro apoyo a la propuesta de que sean los PTSCs, que ya existen en los centros educativos públicos de la Comunidad de Madrid, quienes asuman dichas funciones, ya que entre otras:

  • desarrollan funciones de protección de la infancia y adolescencia y de detección de posibles situaciones de riesgo en la población infanto-juvenil,
  • siguen protocolos de intervención consensuados con otras instituciones de carácter sociocomunitario como los Servicios Sociales, los Centros de Salud, Hospitales, Policía etc. garantizando la equidad y la transmisión de información con confidencialidad,
  • son los especialistas adecuados para realizar las importantes y sensibles funciones encomendadas en la norma básica y en el Anteproyecto que tramita la Comunidad de Madrid,
  • no dependen de la existencia o no de presupuestos o de los objetivos de entidades externas al centro escolar,
  • están autorizados a intervenir con el alumnado y sus familias y se coordinan con el Equipo Directivo y el profesorado.

Por todo ello, nos unimos desde la Plataforma por la Educación Pública de Tetuán a esta propuesta ya que en Tetuán hay 20.000 personas menores de edad que son especialmente vulnerables a la violencia y desde esta plataforma defendemos el mejor uso de los recursos que tiene la Escuela Pública para su protección.

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